SNII excluye por 20 años al exrector Rubén Ibarra tras sentencia por abuso sexual agravado
El Sistema Nacional de Investigadoras e Investigadores (SNII) determinó retirar el nombramiento de Investigador Nacional Nivel I al exrector de la Universidad Autónoma de Zacatecas (UAZ), Rubén de Jesús Ibarra Reyes, y lo inhabilitó por dos décadas para volver a integrarse al Sistema. La sanción —aprobada por unanimidad— deriva de una denuncia presentada por académicas de la UAZ, respaldada por documentos oficiales de la Fiscalía General de Justicia del Estado y del propio Consejo Universitario.
La Junta de Honor del SNII concluyó que el exrector incurrió en una conducta que viola la ética académica, luego de que se confirmara que aceptó responsabilidad penal mediante un procedimiento abreviado por un delito de carácter sexual.
🔎 Antecedentes del caso
- El 4 de junio de 2025, investigadoras de la UAZ denunciaron ante el SNII al Dr. Ibarra por una presunta condena por abuso sexual agravado.
- La denuncia incluía documentos oficiales, boletines de la Fiscalía y actas universitarias que daban cuenta del proceso penal.
- El 19 de mayo de 2025, el Consejo Universitario destituyó al exrector por delito intencional y faltas graves.
- Ibarra negó faltas éticas y alegó irregularidades, pero no presentó pruebas contundentes.
- La Junta de Honor solicitó información a la UAZ y a la Fiscalía; ambas instituciones confirmaron la existencia de la sentencia.
- La Fiscalía ratificó que el procedimiento penal derivó en una sentencia de cuatro años, actualmente en etapa de ejecución.
📑 Elementos que sustentaron la sanción
- La Fiscalía confirmó que el exrector aceptó responsabilidad penal y recibió sentencia de cuatro años.
- La UAZ entregó actas y documentos que acreditan su destitución por delito intencional.
- En su renuncia, Ibarra reconoció haber optado por el procedimiento abreviado “para evitar mayor exposición”, lo que la Junta de Honor consideró un reconocimiento del hecho.
- La conducta contraviene el artículo 34 del Reglamento del SNII, que exige una conducta ética acorde a la función académica.
- Las denunciantes fueron plenamente reconocidas como integrantes del Sistema, descartando cualquier falta de legitimación.
- El exrector no logró desacreditar la evidencia presentada por autoridades universitarias ni ministeriales.
⚖️ Resolución final
El 16 de octubre de 2025, en sesión ordinaria, el Consejo General del SNII aprobó por unanimidad las recomendaciones de la Junta de Honor y aplicó las siguientes sanciones:
- Cancelación del nombramiento de Investigador Nacional Nivel I.
- Inhabilitación por 20 años para recibir cualquier reconocimiento del SNII.
Las medidas entraron en vigor inmediatamente después de la notificación oficial al sancionado.